ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA
Órgano del gobierno escolar, integrada por los Padres de familia de la institución, elegidos por votación popular en Asamblea de Padres de familia y por un periodo de un año. La Asociación de Padres de familia se conformará en la medida que los Padres de familia lo deseen, lo promuevan y lo ejecuten. Para que la Asociación de Padres de familia conformada tenga validez como órgano representativo de los padres de familia de la institución, debe contar entre sus asociados con por lo menos un 70% del total de los padres de familia de la institución, en caso de no ser así, dicha asociación de padres de familia, no podrá ejercer su función como representante de los padres de familia ante el Consejo directivo del plantel. Cuando haya una asociación de padres de familia legalmente constituida, tendrá derecho a elegir un representante de dicha asociación para que integre el Consejo Directivo del plantel. Estará conformado por: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario (a),un Tesorero, y un fiscal. Elegidos en Asamblea de Padres de Familia por votación popular para un período de un año.
CONSEJO DE PADRES
Es un órgano representativo de los Padres de familia o acudientes de los estudiantes de la institución. Es un órgano de vital importancia y apoyo para las actividades emprendidas por el colegio. Está conformado por un padre de familia o acudiente de cada grupo del Plantel, quien a su vez se llamará: “Padre de familia representante del grupo”. El Padre de familia representante del grupo, será elegido mediante reunión interna de cada grupo, presidida por el docente director de dicho grupo, en la primera asamblea general citada por el rector al inicio de cada año lectivo. Una vez elegidos los representantes de cada grupo, el rector citará a dichos representantes a una reunión, donde ellos de una forma democrática, organizarán su junta directiva conformada por: una presidencia, una secretaría y una fiscalía. La presidencia y la secretaría, serán quienes representarán al consejo de padres en el consejo directivo de la institución, mientras que la fiscalía será quien represente a los padres de familia en el comité de convivencia. En caso de existir además del consejo de padres, una asociación de padres de familia en el plantel, el consejo de padres solo podrá tener un representante en el consejo directivo, que en este caso sería el presidente del consejo de padres. Una vez organizado el consejo de padres, debe darse su propio reglamento, así como también debe planear y organizar las actividades que de su competencia, realizaran en el transcurso del año lectivo, lo cual quedará plasmado en: su organigrama, su manual de funciones, su manual de procedimiento, su cronograma de actividades y su plan de acción. El capellán del Colegio, integrará el Consejo de Padres, como elemento consultor y de apoyo, mas no como elemento decisor.
CONSEJO DE ESTUDIANTES
El Consejo de Estudiantes, es un órgano del gobierno escolar, conformado por un estudiante de cada grupo. Dicho estudiante, a su vez es el representante del grupo y será elegido mediante un proceso democrático interno de cada grupo. El Docente director de cada grupo, es el responsable del proceso de elección del representante y lo debe hacer a más tardar en la segunda semana después de iniciadas las labores escolares del año lectivo. El estudiante que se postule para representar el grupo, debe gozar de una condiciones mínimas de calidad, como lo son el no haber reprobado en definitiva ninguna asignatura en el año inmediatamente anterior y no haber tenido procesos disciplinarios en el año inmediatamente anterior. El estudiante que ejerza como representante del grupo, puede ser relevado de su cargo, en caso de presentar un mal desempeño de su función, en cuyo caso es el grupo mediante su director, quien sugiere dicho relevo. También puede ser relevado del cargo de representante de grupo, quien en ejercicio de este cargo en el año lectivo incurra en procesos disciplinarios o presente un desempeño bajo en más de dos asignaturas. Para este último caso, es el director de grupo quien sugiere al grupo dicho relevo y la correspondiente nueva elección. El docente debe levantar un acta de esta actividad.
CONSEJO ACADÉMICO
Es la instancia técnico pedagógico encargada de liderar los procesos técnicos, pedagógicos y curriculares, sirven de órgano asesor y consultor tanto del Consejo Directivo, de la rectora y coordinadora académica en particular. El Consejo Académico está conformado por el rector que lo preside, el coordinador académico y un docente por cada área del plan de estudios. El rector es la representante legal de la Institución ejecutor de las políticas educativas del estado y de las emanadas del Consejo Directivo, y el responsable directo de la dinámica en la construcción, organizacional, ejecución, control y evaluación del PEI .
CONSEJO DIRECTIVO
El Consejo Directivo es la máxima instancia administrativa, a quienes les compete asumir las grandes necesidades administrativas que afecten el funcionamiento de la Institución excepto que sea competencia de otra autoridad. Es en el consejo directivo, donde se toma la última y definitiva decisión respecto a acciones que le competen al colegio y se hace por medio de actas o acuerdos entre sus miembros. Para la vigencia de cada año lectivo, el consejo directivo acuerda su propio reglamento y determina su plan de acción. Para la toma de decisiones, se aplicará el principio democrático de la mitad más uno, es decir, que para la aprobación de un acuerdo, se requiere de la voluntad de mínimo cinco integrantes del consejo y máximo ocho. Está conformada por: • El Rector del Instituto San Vicente de Paúl quien lo preside. • Dos representantes de los padres de familia, los cuales a su vez pertenecen al Consejo de Padres y serán elegidos por los padres de familia de los diferentes grupos de enseñanza que funcionan en la institución. • Dos representantes de los docentes elegidos por mayoría en asamblea de docentes. • Un representante de los estudiantes, el cual pertenece al grado undécimo y será elegido por los mismos estudiantes. Para dicha elección se deben cumplir unos requisitos básicos, como lo son: haber demostrado un buen desempeño académico, un buen comportamiento, haber estudiado en esta institución por lo menos tres años y debe postularse ante sus compañeros. El director o los directores del grado undécimo, se encargarán de organizar este proceso de elección en las tres primeras semanas del inicio del año escolar. • Un representante de los ex alumnos elegido por el consejo directivo de una terna enviada por la organización de ex alumnos. O mediante postulaciones que realizarán los miembros del consejo directivo. • Un representante del sector productivo, el cual es postulado por los miembros del consejo directivo y elegido por mayoría. El representante del sector productivo, será una persona vinculado a la vida empresarial pública o privada, que tenga disposición y compromiso para colaborar con las metas institucionales.



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